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RESOLUCIÓN por la que se ADOPTAN MEDIDAS EXCEPCIONALES de FLEXIBILIZACIÓN de DETERMINADOS ASPECTOS de las ENSEÑANZAS de FORMACIÓN PROFESIONAL y de las ENSEÑANZAS de RÉGIMEN ESPECIAL.

RESOLUCIÓN por la que se ADOPTAN MEDIDAS EXCEPCIONALES de FLEXIBILIZACIÓN de DETERMINADOS ASPECTOS de las ENSEÑANZAS de FORMACIÓN PROFESIONAL y de las ENSEÑANZAS de RÉGIMEN ESPECIAL.

Esta resolución tiene por objeto establecer medidas excepcionales para flexibilizar la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo en las enseñanzas de formación profesional, así como la realización de la Fase de Formación práctica en empresas, estudios y talleres, del módulo profesional de Formación práctica y de las Prácticas Externas, de los ciclos formativos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, de las enseñanzas deportivas de régimen especial y de las enseñanzas artísticas superiores, respectivamente, durante el curso escolar 2020-2021, en aquellos casos en que resulte imposible su desarrollo con arreglo a la ordenación y organización prevista en la normativa que lo regula en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1. Lo dispuesto en esta resolución será de aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que impartan enseñanzas de formación profesional, así como en los centros que impartan enseñanzas artísticas y deportivas de régimen especial.

2. Los centros docentes de titularidad privada adecuarán el contenido de esta resolución a su propia organización, considerada la legislación específica que la regula.

Las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación dispondrán lo necesario para la aplicación y difusión de lo dispuesto en esta Resolución en el ámbito de su competencia y surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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