📄 El pasado día, 8 de agosto, se publicó en BOJA Nº152, la Resolución de 1 de agosto de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa, para el curso escolar 2025/2026, la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros.
👉 Mediante esta Resolución se aprobaba para el curso escolar 2025/2026, la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para los centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos, que se relacionan a continuación:
- Subvenciones a centros docentes privados de educación especial para aplicar medidas específicas de atención a la diversidad dirigidas al alumnado escolarizado en los mismos y a facilitar su permanencia en el Sistema Educativo, mediante la prestación del servicio de comedor escolar.
- Subvenciones a centros docentes privados con planes de compensación educativa autorizados por la Consejería competente en materia de educación para facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado escolarizado en los mismos, mediante la prestación del servicio de comedor escolar.
❗ La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha publicado en su página web el Requerimiento de subsanación de las solicitudes de subvenciones para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Curso escolar 2025/2026.
De esta forma se requiere, de manera conjunta, a los centros interesados que se relacionan en los Anexos adjuntos para que procedan a la subsanación de las solicitudes presentadas en los extremos señalados en los mismos, con la indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su solicitud,
Los referidos Anexos recogen las subsanaciones necesarias, tanto de las solicitudes presentadas para la Línea a), destinada a centros docentes privados de educación especial de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos (Anexo I), como de la Línea b), destinada a a centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos con planes de compensación educativa autorizados por la Consejería competente en materia de educación (Anexo II). El plazo para subsanar la solicitud será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este requerimiento.
➡️ Los escritos de subsanación se presentarán por cualquiera de los medios indicados en el aparatado Cuarto de la Convocatoria.
➡️ Para mayor agilidad del proceso, una vez realizado dicho envío, deberá remitirse copia por correo electrónico a las siguientes direcciones:
👉En el caso de centros de docentes privados de educación especial, indicando en el asunto “Nombre del centro + Subsanación comedores especial 25/26”: Correo electrónico:
👉En el caso de centros de docentes privados con planes de compensación educativa, indicando en el asunto “Nombre del centro + Subsanación comedores compensatoria 25/26 ”: Correo electrónico:
❗❗ Plazo de subsanación: del 14 al 27 de octubre, ambos inclusive.
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