
El objeto de esta Orden es regular el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente, para el personal docente de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Acuerdo de 23 de junio de 2022, de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y el reconocimiento de la competencia digital docente, publicado por Resolución de 1 de julio de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Esta orden será de aplicación a:
a) Personal funcionario de alguno de los cuerpos docentes a los que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dependiente de la Administración educativa de la Junta de Andalucía y se encuentre en cualquiera de las siguientes situaciones administrativas:
1. Servicio activo.
2. Servicios especiales.
3. Servicio en otras Administraciones públicas.
4. Excedencia voluntaria.
5. Excedencia forzosa.
b) Personal docente que imparta o haya impartido enseñanzas reguladas por Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en un centro docente privado sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Profesorado de religión que preste servicios en centros dependientes de la Administración educativa de la Junta de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
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