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FORMACIÓN PROFESIONAL: OFERTA MODULAR DIFERENCIADA de las ENSEÑANZAS de los GRADOS D y E y CATÁLOGO MODULAR ANDALUZ

❗ 📄 Publicada en BOJA Complementario Nº30 de 13 de febrero de 2026 la Orden de 11 de febrero de 2026, por la que se regula la oferta modular diferenciada de las enseñanzas de los grados D y E del sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrolla el Catálogo Modular Andaluz de Formación Profesional.

➡️ La presente orden tiene por objeto regular la oferta modular diferenciada de las enseñanzas de los grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estructurar y organizar la Red pública andaluza de centros de oferta modular diferenciada, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 147/2025, de 17 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de los Grados D y E del Sistema de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como regular el procedimiento de autorización para impartir las modalidades virtual y semipresencial de la oferta modular de los grados D y E, en centros docentes privados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

➡️Asimismo, esta orden desarrolla el Catálogo Modular Andaluz de Formación Profesional que, conforme a lo establecido en el artículo 15.1 del Decreto 147/2025, de 17 de septiembre, complementa, en nuestra Comunidad Autónoma, al Catálogo Modular de Formación Profesional de ámbito estatal y se define como el instrumento que ordena y organiza los módulos que forman parte de las enseñanzas de formación profesional de grados D y E.

➡️La presente orden será de aplicación en todos los centros del Sistema de Formación Profesional, tanto públicos como privados, en la Comunidad Autónoma de Andalucía que impartan enseñanzas de formación profesional de grados D o E en oferta modular diferenciada.

👉Esta orden entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con las siguientes excepciones:

a) Lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 22, relativo a la evaluación del alumnado matriculado en la oferta modular diferenciada de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, será de aplicación a partir del curso 2026/2027. Hasta el inicio de dicho curso, y exclusivamente respecto de estos aspectos, continuará siendo de aplicación lo establecido en la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional inicial pertenecientes al sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 b) Hasta el curso 2027/2028 inclusive, lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 17 no será aplicable al alumnado matriculado en centros de titularidad privada, con el fin de garantizar la preservación de las condiciones vigentes en el momento del inicio de las ofertas correspondientes a los grados D o E.

Los centros afectados por este régimen transitorio que pretendan acogerse al mismo deberán comunicarlo a la Dirección General competente en materia de formación profesional y con anterioridad al inicio de cada curso escolar.

Descarga la ORDEN DE 11 DE FEBRERO DE 2026, pulsando sobre la imagen. 👇

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