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INSTRUCCIONES por las que se CONCRETAN DETERMINADOS ASPECTOS RELACIONADOS con la REALIZACIÓN de la EVALUACIÓN de DIAGNÓSTICO para el CURSO ACADÉMICO 2024/2025

Instrucciones publicadas el 30 de enero de 2025 por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en sus artículos 21 y 29 que, con carácter censal, todos los centros que impartan cuarto curso de Educación Primaria y/o segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente, realizarán una Evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por el alumnado. Esta evaluación, que será responsabilidad de las Administraciones educativas tal y como se establece en la norma básica, tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros, el profesorado, el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Asimismo, se dispone que en el marco de los planes de mejora a los que se refiere el artículo 121 de la citada Ley, y a partir del análisis de los resultados de la Evaluación de diagnóstico, las Administraciones educativas promoverán que los centros elaboren propuestas de actuación que contribuyan a que el alumnado alcance las competencias establecidas, permitan adoptar medidas de mejora de la calidad y la equidad de la educación y orienten la práctica docente.

Las Evaluaciones de diagnóstico tendrán en cuenta al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, incluyendo en las condiciones de realización de dichas evaluaciones, las adaptaciones y recursos que este alumnado hubiera tenido.

Estas Instrucciones tienen por objeto regular la aplicación de la Evaluación de diagnóstico para el curso 2024/2025.

  • La Evaluación de diagnóstico tendrá carácter censal y se aplicará en todos los centros docentes que impartan cuarto de Educación Primaria y/o segundo de Educación Secundaria Obligatoria.
  • Las Evaluaciones de diagnóstico serán realizadas por todo el alumnado que se encuentre matriculado en cuarto curso de Educación Primaria o segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria.
  • La finalidad de esta Evaluación será diagnóstica y servirá para comprobar el grado de dominio de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia plurilingüe y de la competencia matemática.
  • Las Evaluaciones de diagnóstico de las áreas o materias señaladas en la instrucción tercera se realizarán los días 13 y 14 de mayo en 4º de Educación Primaria y los días 15 y 16 de mayo en 2º de Educación Secundaria Obligatoria según el orden establecido en el Anexo II.
  • La duración máxima prevista para la realización de la Evaluación de diagnóstico de cada área o materia será de 60 minutos, tanto en Educación Primaria como en Educación Secundaria Obligatoria.
  • Para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, que a juicio del Equipo de Orientación Educativa o del Departamento de Orientación del centro lo requiera, se permitirán determinados apoyos o adaptaciones, según las necesidades del mismo.
  • Durante el mes de abril, el Claustro de profesorado celebrará una sesión extraordinaria en la que se informará de la importancia de realizar las pruebas de conformidad con los procedimientos descritos en las presentes Instrucciones, así como con los manuales que se publiquen al respecto.

Los centros privados o concertados adaptarán el contenido de las presentes Instrucciones a su organización en consideración a la normativa específica que les sea de aplicación.

Pulsa sobre la imagen de abajo para descargar el documento con las Instrucciones.

INSTRUCCIONES PED DE 30 DE ENERO DE 2025

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