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PROCEDIMIENTO de INCLUSIÓN de NUEVAS PATOLOGÍAS para la JUBILACIÓN ANTICIPADA de las PERSONAS con DISCAPACIDAD

El Real Decreto 370/2023 modificó las condiciones para que los trabajadores con discapacidad igual o superior al 45% puedan jubilarse anticipadamente. Además, estableció que antes del 1 de diciembre de 2023 se definiría un procedimiento para incluir nuevas patologías que puedan justificar esta jubilación anticipada, y en 2025 se publicó la Orden Ministerial ISM/444/2025 para regular ese proceso.

El objetivo de esta orden es mantener actualizado un listado de patologías que permitan adelantar la edad de jubilación, especialmente ante la aparición de nuevas enfermedades, como las enfermedades raras.

Proceso para solicitar la inclusión de nuevas patologías

A partir del 1 de junio de 2025, asociaciones, fundaciones y organizaciones representativas podrán iniciar el proceso para solicitar la inclusión de nuevas patologías, siempre que estén debidamente inscritas en los registros correspondientes.

Las solicitudes deben hacerse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, salvo en 2025, que podrán presentarse hasta el 30 de septiembre.

La solicitud debe incluir una documentación completa que demuestre la gravedad y el impacto vital de la patología, basada en evidencia científica.

La evaluación será realizada por una comisión técnica que elaborará un informe y, tras la audiencia a las partes interesadas, emitirá un informe definitivo.

La decisión final corresponde a la Dirección General de la Seguridad Social, que tendrá un plazo máximo de 6 meses para resolver. Si no hay resolución en ese tiempo, la solicitud se entenderá como rechazada por silencio administrativo.

Por último, el listado de patologías se revisará cada 10 años para verificar si las condiciones que motivaron su inclusión siguen vigentes.

 

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