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FSIE ANDALUCÍA SOLICITA a la CONSEJERA de DESARROLLO EDUCATIVO y FP que no se INTERRUMPAN los CONTRATOS de SUSTITUCIÓN a 30 de junio

FSIE ANDALUCÍA SOLICITA a la CONSEJERA de DESARROLLO EDUCATIVO y FP que no se INTERRUMPAN los CONTRATOS de SUSTITUCIÓN a 30 de junio

FSIE Andalucía, sindicato mayoritario entre los profesionales de los centros concertados de nuestra Comunidad Autónoma, con más de un 50% de representatividad en el ámbito del VII Convenio de Concertada, ha registrado un documento a la atención de la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía en el que se expone que los docentes de los centros concertados, que forman parte del Sistema Educativo Público Andaluz al igual que los de los centros públicos, están sufriendo en la actualidad una grave discriminación salarial cuando realizan las labores de sustitución, al ser cesados a 30 de junio de forma injusta y no ajustada a la jurisprudencia actual.

Por un lado, la Orden de 10 de junio de 2020 por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas, relativo a prórrogas vacacionales, establece en su artículo 61 (puntos 1 y 2) que “El personal funcionario interino que haya prestado servicios a 30 de junio de cada curso académico, por un periodo igual o superior a siete meses, percibirá las retribuciones correspondientes a los meses de julio y agosto siguientes. También percibirá dichas retribuciones cuando se hayan prestado dos meses de servicios efectivos en cada uno de los trimestres del correspondiente curso académico o se haya ocupado un puesto vacante en el periodo comprendido entre el comienzo del curso y el inicio del periodo vacacional de la Navidad y se continúe prestando servicios hasta el 30 de junio de dicho curso académico. En quienes no concurra alguna de las circunstancias del apartado anterior, se les expedirá nombramiento a partir del día 1 de julio por una duración proporcional al tiempo de servicios efectivos prestado -excluidas, en su caso, las prórrogas de nombramiento en los periodos no lectivos de Navidad y Semana Santa-.

Por otro, el Tribunal Supremo ha declarado nulo de pleno derecho el cese de los interinos durante los meses de julio y agosto cuando su contratación se había producido desde el mes de septiembre. Reconoce la sentencia que la suspensión de los contratos, además de ser irregular, ocasiona un grave perjuicio a la calidad de la enseñanza, en detrimento de la formación de los alumnos y de la preparación de clases.

FSIE Andalucía viene reclamando desde hace muchos años que se rectifiquen las Instrucciones para la nómina de pago delegado en atención a la referida sentencia y se mantengan los contratos de interinidad durante los meses de julio y agosto, procediendo al abono de su salario en pago delegado con el fin de equiparar la situación de los docentes que llevan a cabo labores de forma “interina” en los centros concertados de Andalucía con los docentes de los centros públicos, con el fin de acabar con la grave discriminación que se está produciendo en la actualidad.

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