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DERECHOS de los TRABAJADORES y PROTOCOLOS ante EMERGENCIAS CLIMÁTICAS

Desde FSIE Andalucía, reafirmamos nuestro compromiso con la seguridad de los profesionales de los centros educativos y de atención a personas con discapacidad. Ante el incremento de fenómenos meteorológicos adversos, es imperativo conocer el marco legal de rango superior que ampara tu integridad y tus derechos retributivos.

MARCO LEGAL: TU ESCUDO JURÍDICO

Estatuto de los Trabajadores:

  • Permiso Retribuido por Fuerza Mayor (Art. 37.3.g): Se establece un derecho a la ausencia de hasta 4 días cuando sea imposible acceder al centro o transitar por las vías necesarias debido a prohibiciones o recomendaciones de las autoridades competentes o una situación de riesgo grave e inminente derivadas del fenómeno meteorológico adverso. Este tiempo se considera jornada efectiva y no es recuperable.

  • Conciliación Urgente (Art. 37.9): Derecho a ausentarse por motivos familiares urgentes e indispensables, como el cierre de centros escolares de los hijos por alerta meteorológica. Cuatro días al año y debe solicitarse por escrito. (Para más información sobre el modelo de escrito, ponte en contacto con tu sindicato provincial).

  • Protección de la Salud (Art. 19.1): Garantiza una protección eficaz en materia de seguridad durante la prestación de servicios.

Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL):

  • Paralización por Riesgo Grave e Inminente (Art. 21.2): Faculta al trabajador para interrumpir su actividad o no iniciar el desplazamiento si el si el riesgo es grave o inminente.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PASO A PASO

  • Notificación Previa y Constancia (si estás afiliado/a te facilitamos el modelo).
  • Propuesta de Teletrabajo.
  • Recopilación de Evidencias.
  • Declaración Responsable.

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