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COMISIÓN PROVINCIAL de CONCIERTOS

COMISIÓN PROVINCIAL de CONCIERTOS

La Federación de Sindicatos de Enseñanza de Córdoba ha participado en la reunión de la Comisión Provincial de Conciertos Educativos que ha tenido en la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Educación Andaluza.

La Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Córdoba (FSIE CÓRDOBA), ante la Comisión Provincial de Conciertos Educativos solicita:

 

-     Informe favorable a las solicitudes de nuevas Aulas de Apoyo a la Integración y Aulas Específicas de educación Especial, en cumplimiento de la LOE, que obliga a la Administración a dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a los alumnos con necesidades educativas especiales.

-         Informe favorable a las solicitudes de nuevas unidades concertadas en Educación Infantil, Primaria y Secundaria para favorecer la igualdad de oportunidades y el cumplimiento del artículo 27 de la Constitución de libre elección por parte de las familias de la Educación que quieren para sus hijos y del artículo 109 de la LOMCE, que establece que las Administraciones educativas programarán la oferta de las enseñanzas tomando en consideración la demanda social. 

-       Informe favorable a las solicitudes de unidades de Bachillerato y Formación Profesional, instando a la Administración a que se suprima el artículo 5.2 de la Orden de Conciertos, referido a Bachillerato y Formación Profesional, ya que consideramos lesiva al principio de libre elección por parte de las familias, la limitación impuesta al número de unidades susceptibles de concertación en estas enseñanza, pues, según nuestro criterio, deben concertarse si existe demanda social de las mimas. En este sentido exigimos el cumplimiento del punto 72 del Acuerdo de Gobierno entre PP y Ciudadanos en Andalucía que estipula la implantación progresiva del Bachillerato concertado en nuestra Comunidad Autónoma.

-         Informe favorable a las solicitudes de unidades de Formación Profesional Básica, conforme a lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden de Conciertos.

 

Puedes acceder al documento presentado en el ENLACE