En el día de hoy, FSIE-A ha procedido, junto al resto de organizaciones de la Mesa de la Enseñanza Concertada, a la firma del Acuerdo entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de Andalucía, los sindicatos y las organizaciones patronales y de titulares de la enseñanza privada concertada, sobre refuerzo de los equipos educativos con personal docente de apoyo al alumnado para el curso escolar 2022/23
1.- Los centros privados concertados podrán reforzar los equipos educativos que atienden las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, mediante la ampliación de la dotación del profesorado que corresponde a cada centro, durante el periodo de vigencia del presente Acuerdo.
2.- El refuerzo de los equipos educativos se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
A) CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL
Los centros específicos de Educación Infantil incrementarán su dotación de profesorado en una hora por cada unidad concertada.
B) CENTROS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL
Los centros específicos de Educación Especial incrementarán su dotación de profesorado en una hora por cada unidad concertada.
C) CENTROS QUE IMPARTEN EDUCACIÓN PRIMARIA O EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
Los centros que imparten Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria incrementarán su dotación de profesorado en una hora por cada unidad concertada de educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y bachillerato.
D) CENTROS ESPECÍFICOS DE ENSEÑANZAS POSTOBLIGATORIAS
Los Centros Específicos de Enseñanzas postobligatorias incrementarán su dotación de profesorado en una hora por cada unidad concertada.
Coordinación con salud
Los Centros Privados concertados disfrutarán de una dotación adicional en su carga horaria para el desarrollo de las actuaciones en el ámbito de la salud pública y la asistencia sanitaria que se realicen en los mismos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Colegios que impartan exclusivamente educación infantil y/o primaria y centros específicos de educación especial:
i) Entre 3 y 9 unidades concertadas: 3 horas.
ii) Entre 10 y 18 unidades concertadas: 5 horas. iii) A partir de 19 unidades concertadas: 7 horas.
b) Centros que impartan educación secundaria y/o formación profesional:
i) Entre 3 y 8 unidades concertadas: 3 horas.
ii) Entre 9 y 15 unidades concertadas: 5 horas.
iii) A partir de 16 unidades concertadas: 7 horas.
CONSULTA EL ACUERDO FIRMADO EN ESTE ENLACE